Mueblerías Garza destruye árboles en avenida Carranza
SLP.- Gran indignación causó la destrucción de un árbol ubicado frente a una sucursal de Mueblerías Garza ubicada en la avenida Venustiano Carranza 945 a la altura de la colonia Moderna.
Una imagen que circula en redes sociales muestra como un árbol fue cortado hasta el tronco, mientras que otro sufre una poda excesiva. La clara intención es la muerte del árbol, pues esta no es la primera vez que la empresa le causa un daño significativo.
En abril de 2019 se habría denunciado uno de los tantos intentos de destrucción del árbol, pues además de la tala disfrazada de poda para debilitar al árbol, se le vertió petróleo con la intención de que se envenenara, sin embargo el árbol resistió y volvió a crear ramas.
La noticia trascendió de tal forma que fue la propia cuenta del alcalde Enrique Galindo, la que respondió sobre la situación asegurando que ya se habría notificado al responsable del negocio para que explique la razón por la cual destruyó un árbol urbano, un árbol propiedad de todos los potosinos.
Se espera que derivado del proceso administrativo exista una sanción y reparación del daño.
Por otra parte la SEGAM no existe pronunciamiento al respeto
Ciudadanos en redes sociales han llamado a boicotear a la empresa, pues señalan que si la intención de la destrucción del árbol urbano era dar mayor visibilidad al negocio entonces se debería evitar comprar en el establecimiento como respuesta social.
Ley de Protección y Conservación de Arboles Urbanos del Estado de San Luis Potosí, se mantiene como ley muerta, pues se ha denunciado en distintas ocasiones como personas derriban y mutilan árboles urbanos sin ninguna restricción o castigo. La ley fue creada en el 2015 y tuvo una reforma en el 2107, desde entonces solo ha sido letra muerta .
De acuerdo a las fracciones del numeral 61 de la citada ley, la empresa tendría que ser objeto de una sanción:
ARTÍCULO 61. Se aplicarán las sanciones, previo desahogo del procedimiento administrativo correspondiente, en términos del artículo siguiente, cuando:
- Se realice la poda excesiva, derribo o trasplante de árboles urbanos, sin la autorización y dictamen correspondiente;
- Se realice la plantación, poda, derribo o trasplante de árboles urbanos, sin respetar las condiciones, requisitos y disposiciones de esta Ley;
- Se provoque la muerte o daño físico a algún árbol urbano.