Habitantes de Villa de Pozos impugnan designación de Martha Patricia Aradillas como presidenta del Concejo Municipal

En el documento entregado al Poder Legislativo, los promoventes señalan que la designación se realizó sin observar el procedimiento de sustitución previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre. Aseguran que no existió una notificación formal al Concejo Municipal sobre la renuncia de Rivera Acevedo, ni se atendió la prohibición establecida en el artículo 118, fracción IX, de la Constitución Política del Estado.
Los habitantes indicaron que el Congreso es la autoridad responsable del acto reclamado, por lo que presentaron ahí su impugnación conforme al artículo 35 de la Ley de Justicia Electoral, que obliga a que los medios de impugnación se entreguen ante la autoridad que emitió el acto para su posterior remisión al Tribunal Electoral.
La designación de Aradillas se generó en medio de versiones encontradas sobre quién debía elegir a la persona sustituta, pues tanto el Concejo Municipal como el Congreso del Estado iniciaron procedimientos paralelos. Finalmente, fue el Poder Legislativo quien concluyó el nombramiento.
La impugnación será enviada al Tribunal Electoral del Estado para su análisis y resolución.
