DENUNCIA

Hostigamiento y corrupción en el Centro de las Artes de San Luis Potosí

Centro de las ArtesA través de un correo se denuncia acciones de hostigamiento, corrupción y falta de transparencia del personal administrativo del Centro de las Artes.En el correo se enviaron algunas fotografías y documentos probatorios, a continuación se reproduce integra la denuncia.

«Tras la eliminación del CANTE en el Centro de las Artes de San Luis Potosí, se inició constante hostigamiento contra el personal que se quedó en el área (Ahora área de Arte y Tecnología) ,como el retiro sin consentimiento y sin aviso de equipo, la continua increpación de que no existía presupuesto para llevar acabo laboratorios, así como incluso el uso de personal humano para realizar tareas administrativas que no correspondían.

Dentro de las primeras medidas que se tomaron fue el  infundir temor al personal que se encontraba,  señalando que no se había dejado presupuesto para operar Laboratorios  de Investigación y  Creación, palabras que el administrador Pedro Iván Garcia Trujillo dirigió varias veces en juntas del personal, por lo que no habría forma de pagar a cada uno de ellos. De inmediato algunos laboratorios fueron suspendidos.  Sin embargo como se demuestra en el anexo primero existe un presupuesto asignado  donde se etiqueta el presupuesto de forma específica hasta el 2016, informados y aprobados en su respectiva junta de gobierno (en posteriores boletines se informará cual es la pretensión del desvió de  este recurso asignado al personal así como más detalles y documentos probatorios).

Esta promoción a la creación e investigación están dentro de los objetivos del artículo quinto en sus diferentes fracciones del Decreto Administrativo del CEART y con responsabilidad de María Magdalenta Mas Fuentes de acuerdo al Manual de Organización del CEART. Labor que se cumplía continuamente en los laboratorios del CANTE  inclusive con un número importante de presentaciones derivadas de investigaciones que hasta la fecha aún producen fruto a pesar de que el CANTE recibía menos presupuesto que otras áreas, así como su personal recibir un pago menor al de otras áreas.

Siempre fue usado el personal para colaborar en otras áreas y solventar algunas carencias humanas y técnicas en las que el CANTE se encontraba fortalecido debido a la misma naturaleza de su función. Por otra parte siempre se realizó un pago moratoria en específico a esta área aunque el dinero se encontrara etiquetado y autorizado previamente,  se  presentaba un atraso de más de 6 meses para algunas personas vulnerando su derecho a la vida digna, teniendo muchos que realizar labores ajenas a su profesión para sub existir a pesar de ser “maestros del Centro de las Artes”.

A pesar de que las personas trabajaban como “prestadores de servicio”, siempre estuvieron bajo la subordinación de alguna autoridad del Centro de las Artes como si se tratasen de empleados, pues tenían que cumplir con horarios específicos, labores y atender a las peticiones de las mismas fuese lo que fuese.   Está obligación de cumplir un horario solo aplicaba unilateralmente, pues constantemente  se tomaba la facilidad de emplear el recurso humano para tareas diversas a las que se plantean en el contrato (existiendo la relación de patrón y subordinado) incluso en la cooperación con otras áreas en la cual incluía algunas actividades riesgosas como el montaje sin que se contará con algún seguro especifico contra accidentes.

Finalmente el contrato siempre era firmado y elaborado tras finalizar la prestación del servicio, por lo que el trabajador aceptaba el contenido de dicho  contrato con tal de que fuera liberado ya su atrasado pago.

Esto obligó a renunciar a 6 personas que se encontraban trabajando para el Centro de las Artes en dicha área entre los que se encuentran maestros, creadores e investigadores, algunos quienes prestan su servicios a otras instituciones, se encuentran programados ya para actividades  tanto institucionales como independientes incluso fuera del estado, prueba de su capacidad como creadores e investigadores.

En contraste el Centro de la Artes de San Luis Potosí que alega no tener presupuesto (situación totalmente falsa) pues ha sido de los pocos centros del país que no ha sido afectado en su presupuesto nunca quiso respetar dicho esfuerzo y siempre busco el beneficio mediante tráfico de influencias a incluso prestadores de servicios de la SECULT (en otros boletines se advertirá de estás relaciones).

Además a violentando la ley bajo el consentimiento de la Secretaría de Cultura, pues la administración del CEART renta espacios  para fines diversos a la cultura, como la celebración de eventos sociales o privados, llegándose a rentar algunos espacios hasta por 40 mil pesos, actividad que va en contra del espíritu  para el que fue creador de acuerdo al Capítulo I del título Primero  del Decreto Administrativo de la creación del Centro de las Artes.  Ingreso que debería ser registrado y transparentado bajo la responsabilidad de  Bertha Alicia Palomo Santillan, de acuerdo al Manual de organización, así como amparado por una Ley de Ingresos y Egresos.

Estos cobros no están autorizados en la Ley , por lo que no hay un marco jurídico que lo reglamente  y  por consecuente una forma de exigir cuentas sobre el cobro de renta de espacios, actividad que tiene más de 5 años realizándose, bajo el consentimiento de autoridades internas del Centro de las Artes, de diversas administraciones del mismo y  bajo el amparo de la propia Secretaría de Cultura de San Luis Potosí (practica que realiza con otros espacios como museos, los cuales hasta promociona en su sitio web)justificándose la acción en “decretos” emitidos en  junta de gobierno, así como  reglamentos internos que para nada están bajo amparo de Ley, pudiéndose interpretar como un cobró no autorizado de un espacio público con fines de difusión y creación artística  al servicio de intereses privados.

En próximos boletines detallaremos más los movimientos de corrupción del  Centro de las Artes, así como de otras actividades relacionadas con la gestión pública de la cultura en San Luis Potosí acompañados de su respectiva documentación.»

Documento probatorio enviado : 3.-CANTE  – Nuestros abogados señalan que es un documento que es de interés público ya que el dinero usado viene del erario público, úselo con criterio.

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