Elecciones 2027

TEESLP revoca registro local de Somos y ordena al CEEPAC reponer procedimiento

El Tribunal Electoral determinó que el organismo electoral aplicó requisitos sin sustento legal, omitió verificar otros exigidos por la norma y permitió subsanar documentación fuera de plazo; también dejó sin efectos el financiamiento otorgado al partido.

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) revocó por unanimidad el registro local del partido político nacional Somos, así como la asignación de financiamiento público aprobada previamente por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).

Durante sesión pública de este viernes 9 de octubre, el Pleno resolvió el recurso de revisión promovido por Morena contra los acuerdos CG-2026-AGO-33 y CG-2026-AGO-34, mediante los cuales el organismo electoral había aprobado la inscripción y los recursos correspondientes.

Los magistrados determinaron que durante el procedimiento el CEEPAC tomó en cuenta un requisito que no se encuentra previsto en la legislación y, al mismo tiempo, omitió verificar uno que sí establece la norma: el domicilio oficial del comité directivo estatal.

El Tribunal también consideró irregular que se permitiera a Somos subsanar determinados requisitos fuera del plazo establecido, al advertir que la Ley Electoral no contempla esa posibilidad para este procedimiento.

CEEPAC tendrá que revisar nuevamente la solicitud

Ante estas irregularidades, el TEESLP dejó sin efectos el registro aprobado y ordenó al CEEPAC reponer el procedimiento de inscripción, revisar nuevamente el cumplimiento de los requisitos y emitir un nuevo dictamen apegado a la legislación vigente.

La resolución, por tanto, no representa necesariamente una negativa definitiva para que Somos obtenga su inscripción en San Luis Potosí, sino que obliga al organismo electoral a realizar nuevamente el análisis bajo los criterios establecidos por el Tribunal.

También revocan financiamiento público

En cuanto a los recursos asignados, los magistrados concluyeron que el CEEPAC confundió las disposiciones aplicables a los partidos políticos locales con aquellas correspondientes a partidos nacionales que solicitan inscripción en una entidad federativa.

Por esta razón, el Tribunal consideró que la asignación de financiamiento público carecía del sustento jurídico necesario y también dejó sin efectos el acuerdo correspondiente.

Durante el análisis, el TEESLP identificó además un vacío legal en la legislación electoral de San Luis Potosí respecto a la forma en que debe determinarse el financiamiento para partidos nacionales de nueva inscripción en el estado.

Ante esta situación, vinculó al Congreso del Estado para que realice las modificaciones legislativas necesarias y subsane la omisión.

Desechan impugnación promovida por dirigente de Somos

En un segundo recurso promovido por el dirigente estatal de Somos, Francisco Javier Nava Palacios, contra la distribución y calendarización del financiamiento, el Tribunal determinó sobreseer el asunto.

La impugnación quedó sin materia debido a que previamente fueron revocados tanto el registro como la asignación de recursos que dieron origen a la inconformidad.

Con la sentencia, los acuerdos impugnados quedan sin efectos y corresponderá ahora al CEEPAC realizar nuevamente el procedimiento de inscripción de Somos, mientras que el Congreso del Estado deberá atender el vacío normativo detectado por el Tribunal.

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